Muy Sres. Nuestros:
Como continuación de nuestra circular nº 11/12, cuyo contenido reiteramos, y en relación al asunto epigrafiado, debemos recordar a las Asociaciones y Empresas que acometan la negociación del convenio colectivo este II Acuerdo para el empleo y la negociación colectivaaño o los próximos, la plena vigencia del , firmado el pasado 25 de enero entre los sindicatos CC.OO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME para los años 2012, 2013 y 2014.
Los cinco capítulos de este documento son de gran interés para la negociación colectiva y deben de aplicarse.
Capítulo I.- Estructura de la negociación colectiva. Flexibilidad interna.
Capítulo II.- Empleo. Formación. Flexibilidad y seguridad. Derechos de información y consulta.
Capítulo III.- Criterios en materia salarial.
Capítulo IV.- Inaplicación negociada en la empresa de determinadas condiciones de trabajo pactadas en los convenios colectivos sectoriales.
Capítulo V.- Naturaleza jurídica y ámbitos del Acuerdo Interconfederal.
De ellos, llamamos especialmente la atención al contenido del capítulo III que marca directrices para el aumento salarial de los próximos tres años:
-Año 2012: incremento máximo del 0,5% con clausula de revisión si el IPC supera el 2% al final del ejercicio
-Año 2013: incremento máximo del 0,6% con clausula de revisión en los mismos términos que la anterior
-Año 2014: el incremento será como máximo del 0,6%, 1% o 1,5% en función de que el PIB en 2013 sea inferior al 1%, al 2% o superior al 2% respectivamente
Recomendación importante del Acuerdo
Respecto a los convenios que tengan que ser revisados durante los próximos tres años, el II Acuerdo para el empleo y la negociación colectiva establece lo siguiente:
“Respetando la autonomía de las partes, para aquellos convenios colectivos que tengan negociadas clausulas de actualización salarial vigentes que afecten al crecimiento salarial de los tres próximos años, los firmantes del presente acuerdo proponen a los negociadores tener en cuenta la incidencia de estas clausulas sobre el crecimiento salarial total, de forma que esté en línea con el objetivo de moderación salarial del presente acuerdo”
Fdo: José Luis Pertierra
- Director -
Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta
Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales
y empresas directamente afiliadas.