10 de Enero de 2012   |  Contactar  

Circular nº 03/12
Asunto: Propuestas de la Comisión Europea para modernizar el marco de los contratos públicos en la UE

Muy Sres. Nuestros:

La Comisión Europea ha presentado el pasado mes de diciembre dos propuestas de Directivas para modernizar el marco de los contratos públicos en la Unión Europea; una sobre contratos públicos y otra sobre concesiones para entidades operando servicios en los sectores del agua, de la energía y del transporte y de los servicios postales.

Aunque en el sector del transporte de viajeros por carretera se aplica el Reglamento (CE) 1370/2007, de 23 de octubre de 2007, sobre los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera, estas dos propuestas configuran el marco general de la contratación pública en la Unión Europea.

Estas propuestas pretenden:

1) Simplificar y flexibilizar los procedimientos de licitación a través de medidas como:
Clarificación del alcance y propósito de la normativa de contratación pública así como la aplicación de los umbrales.
Apuesta por un enfoque toolbox (caja de herramientas) por el cual los Estados miembros ofrecerán las 2 formas básicas de licitaciones existentes (abierta y restringida) y en ciertas condiciones los procedimientos competitivos con negociación, diálogo competitivo y/o alianza innovadora (nueva forma de procedimiento). Esta alianza innovadora consistiría en que las autoridades podrán disponer de 6 técnicas específicas para licitaciones electrónicas y agregadas: acuerdos marco, sistemas de compra dinámica, subastas electrónicas, catálogos electrónicos, centrales de compras y licitaciones conjuntas.
Régimen de contratación pública simplificado para autoridades de niveles inferiores al central (regional y local)
Promoción de las licitaciones electrónicas
Modernización de las licitaciones a través de, entre otras cosas, limitaciones de tiempo para las participaciones, acorto de los plazos para presentar las ofertas, una distinción más flexible entre la selección de licitadores y la adjudicación del contrato, revisión y aclaración de los motivos de exclusión, modificación de contratos….

2) Hacer un uso estratégico de las licitaciones públicas que mejoren el empleo, la salud pública y las condiciones sociales como respuesta a los desafíos en innovación, medio ambiente y cambio climático ;
Coste del ciclo de vida: se ofrece a los compradores públicos la posibilidad de basar sus decisiones de adjudicación en los costes del ciclo de vida de los productos, servicios u obras a ser adquiridos
Proceso de producción: en las especificaciones técnicas y los criterios de adjudicación, las autoridades contratantes podrán referirse a todos los factores directamente relacionados con el proceso de producción, siempre y cuando se refieran a aspectos estrechamente relacionados con la producción o disposición del bien o servicio adquirido.
Etiquetas: Las autoridades contratantes podrán exigir etiquetas de certificación medioambiental, social o de otro tipo para las obras, suministros o servicios específicos.
Castigo por violaciones de normativa obligatoria laboral, social o medioambiental: se podrá excluir del procedimiento a aquellos que infrinjan normativa europea social, laboral o medioambiental o normativa internacional laboral. Las autoridades estarán obligadas a rechazar aquellas ofertas contrarias a la normativa europea social, laboral y medioambiental.
Servicios sociales: se ofrece un régimen específico con un umbral de 500.000€ e imponiendo los principios de transparencia e igualdad de trato en los mismos puesto que estos servicios tienen características específicas y escasa aplicación transfronteriza.
Innovación: la propuesta prevé, entre otras cosas, la llamada asociación para la innovación (un nuevo procedimiento especial para la compra y posterior desarrollo de productos, obras y servicios nuevos e innovadores) puesto que los compradores públicos deben estar habilitados para comprar productos y servicios innovadores que promuevan el crecimiento y mejoren la eficiencia y la calidad de los servicios públicos.

3) Garantizar un mejor acceso al mercado de las licitaciones para Pymes y empresas de reciente creación mediante:
La simplificación de las obligaciones de información;
La división en lotes de los contratos públicos;
Limitación de los requisitos de participación; y
Posibilidad de ofrecer pago directo a los subcontratistas.

4) Procedimientos más sólidos que resuelvan los problemas de la existencia de conflictos de intereses, conductas ilícitas y ventajas injustas.
Conflictos de interés: La propuesta contiene una disposición específica que cubre el posible conflicto real, potencial o situaciones de conflicto interés percibidas que afectan a los miembros del personal de la autoridad contratante o de los proveedores de servicios de contratación que intervienen en el procedimiento y a los miembros de la dirección del órgano de contratación que pueden influir en el resultado de un procedimiento de contratación, incluso si no están formalmente involucrados en el mismo.
Conducta ilícita: contiene una disposición específica contra la conducta ilícita de candidatos y licitadores, según la cual se excluirán del procedimiento a aquellos que realicen intentos por influir indebidamente en el proceso de toma de decisiones o por celebrar acuerdos con otros participantes para manipular el resultado.
Ventajas injustas: hay una disposición específica sobre protección contra la preferencia indebida a favor de los participantes que han asesorado a la autoridad contratante o han estado involucrados en la preparación del procedimiento.

5) Mejorar la gobernanza mediante:
Organismos nacionales de supervisión que velen por el cumplimiento y la aplicación de la normativa europea sobre contrataciones públicas.
Centros de conocimiento que asesoren, guíen, formen y asistan en la preparación y desarrollo de procedimientos de contratación pública.
Cooperación administrativa entre los distintos organismos nacionales.

En concreto, la propuesta de directiva sobre concesiones para entidades operando servicios en los sectores del agua, de la energía, del transporte y de los servicios postales abarca los acuerdos de asociación entre una entidad que suele ser pública y una empresa a menudo privada, en la que esta última asume el riesgo de explotación en lo que se refiere al mantenimiento y al desarrollo de las infraestructuras o a la prestación de servicios de interés económico general y sería de aplicación a las actividades relacionadas con la prestación o explotación de redes que proporcionen un servicio al público en el ámbito del transporte por ferrocarril, de los sistemas automáticos, del tranvía, del trolebús, del autobús o del funicular.

Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente,

Fdo: José Luis Pertierra
- Director -

 

Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y empresas directamente afiliadas.

 

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