Muy Sres. Nuestros:
En el Boletín Oficial del Estado de 27 de
abril 2011, publica la Orden EHA/1033/2011 de 18 de
abril por la que se aprueba el modelo 303 Impuesto
sobre el Valor Añadido, Autoliquidación
y el modelo 308 Impuesto sobre Valor añadido,
solicitud de devolución: Recargo de equivalencia,
artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos
pasivos ocasionales y modifican los Anexos I y II
de la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por
la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación
mensual, modelo individual, y el 353 de autoliquidación
mensual, modelo agregado, así como otra normativa
tributaria, cuyo texto podrán encontrar en
la siguiente dirección:
http://www.boe.es/boe/dias/2011/04/27/pdfs/BOE-A-2011-7479.pdf
Esta modificación estaba prevista en la disposición
adicional cuadragésima novena de la Ley 39/2010
de 22 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado
por la que se establecía el derecho a solicitar
la devolución del impuesto soportado que no
haya podido deducirse totalmente previa justificación
de su importe. Así se modifica el modelo 308
“Impuesto sobre el Valor Añadido, solicitud
de devolución: recargo de equivalencia, artículo
30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales”,
para introducir un nuevo supuesto con el que se pueda
ejercer el derecho a la devolución.
El artículo 71 se refiere a las normas que
se han de tener en cuenta en las declaraciones -liquidaciones
y el artículo 117 del Reglamento General se
refiere a las actuaciones y los procedimientos de
gestión e inspección tributaria y de
desarrollo de las normas comunes de los procedimientos
de aplicación de los tributos.
En consecuencia, se modifica la Orden EHA/3786/2008,
de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo
303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación,
el modelo 308 Impuesto sobre el Valor añadido,
solicitud de devolución: Recargo de equivalencia,
artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos
pasivos ocasionales y se modifican los Anexos I y
II de la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre,
por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación
mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación
mensual, modelo agregado, así como otra normativa
tributaria.
Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad
para saludarles muy atentamente,
Fdo: José Luis Pertierra
- Director -
Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta
Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales
y empresas directamente afiliadas.