Muy Sres. Nuestros:
El Boletín Oficial del Estado de hoy publica
la Resolución de 4 de marzo de 2011, de la
Tesorería General de la Seguridad Social, por
la que se autoriza la utilización de tarjetas,
tanto de débito como de crédito, como
medida de pago de las deudas con la Seguridad Social
en vía ejecutiva, cuyo texto íntegro
pueden consultar en
http://www.boe.es/boe/dias/2011/03/16/pdfs/BOE-A-2011-4816.pdf
A la vista de la experiencia obtenida en la gestión
recaudatoria de la Seguridad Social, como consecuencia
del pago en efectivo, mediante dinero en curso legal,
cheque, transferencia o domiciliación bancaria,
se ha considerado conveniente autorizar la utilización
de tarjetas, tanto de débito como de crédito,
como medio de pago para el abono de las deudas con
la Seguridad Social que se encuentran en vía
ejecutiva, a partir de mañana, día 17
de marzo.
Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad
para saludarles muy atentamente,
Fdo: José Luis Pertierra
- Director -
Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta
Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales
y empresas directamente afiliadas.