1 de Diciembre de 2011   |  Contactar  

Circular nº 140/11
Asunto: Procedimiento para autoliquidación y pago por vía telemática de la “tasa por reconocimientos, autorizaciones y concursos”; inclusión del trámite en el registro electrónico

Muy Sres. Nuestros:

Los Boletines Oficiales del Estado de fechas 29 de noviembre y 1 de diciembre, respectivamente, publican las siguientes disposiciones:

- Resolución de 17 de noviembre de 2011, de la Subsecretaría, por la que se establece el procedimiento para la liquidación y el pago por vía telemática de la tasa con código 056 «Tasa por reconocimientos, autorizaciones y concursos», cuyo texto íntegro pueden consultar en:

http://www.boe.es/boe/dias/2011/11/29/pdfs/BOE-A-2011-18722.pdf

- Resolución de 17 de noviembre de 2011, de la Subsecretaría, por la que se incluye en el registro electrónico del departamento el trámite de liquidación de la tasa con código 056 «Tasa por reconocimientos, autorizaciones y concursos», cuyo texto íntegro pueden consultar en:

http://www.boe.es/boe/dias/2011/12/01/pdfs/BOE-A-2011-18904.pdf

El procedimiento que se establece para la autoliquidación y pago por vía telemática de esta tasa, es el siguiente:

Se consideran sujetos pasivos de esta tasa las personas a quienes afectan los servicios o actividades públicas que constituyen el hecho imponible.

Las declaraciones se presentarán a través del Registro Electrónico creado por Orden APU/203/2004, de 29 de enero, modificado por la Orden APU/513/2007, de 1 de mayo.

Los sujetos pasivos deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Disponer de NIF
  • Disponer de DNI electrónico y otro certificado electrónico válido admitido por la Agencia Tributaria.
  • Disponer de cuenta abierta en una entidad colaboradora adherida al sistema sobre asistencia a los obligados tributarias, en su identificación telemática y que figure en la relación de entidades que se muestre en este opción de pago de impuestos

Los sujetos pasivos deben cumplimentar los campos en el modelo 790 en la página web www.mpt.gob.es , y elegir la opción para realizar el pago.

Se habilitará automáticamente el enlace con la página web de la AEAT, a través de la que se realizará el pago telemático de la tasa.

Se generará un número de referencia completo que será enviado al Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, que enviará al interesado la confirmación de la realización del ingreso.

Esta confirmación es la que permitirá el registro electrónico de la declaración de pago y la impresión del modelo 790 cumplimentado y pagado.

Ambas Resoluciones entrarán en vigor el día 1 de enero de 2012.

Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente,

Fdo: José Luis Pertierra
- Director -

 

Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y empresas directamente afiliadas.

 

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