Muy Sres. Nuestros:
El Boletín Oficial del Estado del pasado día
15 publica la Resolución de 12 de enero de
2011, de la Tesorería General de la Seguridad
Social, por la que se fija la fecha de entrada en
vigor de la obligatoriedad de utilizar el sistema
de domiciliación bancaria para el pago de los
vencimientos de aplazamientos de deudas con la Seguridad
Social, cuyo texto íntegro pueden consultar
en:
http://www.boe.es/boe/dias/2011/01/15/pdfs/BOE-A-2011-739.pdf
A partir del próximo 1 de febrero, será
obligatorio el pago de los vencimientos de aplazamientos
de deudas con la Seguridad Social mediante el sistema
de domiciliación bancaria. También podrán
acogerse a este sistema, los beneficiarios de los
aplazamientos concedidos antes de 1 de febrero
Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad
para saludarles muy atentamente ,
Fdo: José Luis Pertierra
- Director -
Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta
Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales
y empresas directamente afiliadas.