Muy Sr. Nuestro:
Nos referimos a la solicitud de aplazamiento de pago
de cuotas de la Seguridad Social, según informamos
en nuestra Circular nº 69/10, de 7 de julio.
En el día de hoy hemos recibido la respuesta
de la Tesorería General de la Seguridad Social
a nuestro escrito de fecha 14 de junio, en el que
nos comunican que el aplazamiento de cuotas es el
previsto con carácter general en la Ley General
de la Seguridad Social, por lo que según este
escrito cuya copia les adjuntamos, no existe ningún
tratamiento diferenciado para las empresas de transporte
de viajeros por carretera.
Sin otro particular y a la espera de sus noticias,
aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy
atentamente
Fdo: José Luis Pertierra
- Director -
Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta
Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales
y empresas directamente afiliadas.