Muy Sres. nuestros:
El Diario Oficial de la Unión Europea de fecha
2 de los corrientes, publicó el Reglamento
581/2010 de la Comisión Europea sobre los plazos
máximos para transferir los datos pertinentes
a las unidades instaladas en los vehículos
y a las tarjetas de conductor, cuyo texto íntegro
pueden consultar en:
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2010:168:0016:0016:ES:PDF
El Reglamento armoniza las condiciones de utilización
de los tacógrafos para las empresas de transporte
por carretera en la Unión Europea estableciendo
un plazo máximo para transferir los datos pertinentes:
-
En primer lugar, cuando se trate
de datos en los que la unidad esté instalada
en el propio vehículo, los datos deberán
ser transferidos en plazo no superior a 90 días.
-
En segundo lugar, si se trata de datos
de la tarjeta del conductor no podrá
superarse un plazo de 28 días.
Estos datos deberán transmitirse de forma
que se evite su pérdida.
El nuevo Reglamento entrará en vigor el 22
de julio y será de aplicación a partir
de octubre de 2010.
Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad
para saludarles muy atentamente,
Fdo: José Luis Pertierra
- Director -
Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta
Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales
y empresas directamente afiliadas.
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