Muy Sres. nuestros:
El Instituto de Crédito Oficial ha puesto
en marcha recientemente, un nuevo producto financiero
denominado ICO directo. Se trata de préstamos
directos dirigidos a financiar proyectos de inversión
y necesidades de liquidez de las pequeñas y
medianas empresas, así como de los autónomos.
Las principales características del producto
son las siguientes:
CLIENTES
Pequeñas, medianas empresas y autónomos,
residentes en España que lleven a cabo inversiones
en el territorio nacional o tengan necesidades de
circulante. Su antigüedad mínima para
poder solicitar el ICO directo debe ser de al menos
un año, a partir de la fecha de constitución,
en el caso de ser una empresa o, en el caso de ser
autónomo, desde la fecha de alta en el Régimen
General de Autónomos.
IMPORTE MÁXIMO
Hasta 200.000 euros, en una o varias operaciones por
cliente.
FINANCIACIÓN MÁXIMA
Hasta un 100% del proyecto de inversión (incluido
el IVA o impuestos similares indirectos) o de las
necesidades de liquidez.
MODALIDAD DE FINANCIACIÓN
a) Inversión
La inversión a financiar no podrá tener
una antigüedad superior a un año y deberá
ejecutarse en el plazo máximo de un mes a contar
desde la fecha de firma de la financiación.
Se tendrá que justificar documentalmente si
el préstamo solicitado se destina a financiar
una inversión. En todo caso, no se
financian bajo esta modalidad de inversión
reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, cualesquiera
otros impuestos vinculados a la inversión,
ni el circulante.
b) Liquidez
Necesidades puntuales de tesorería o liquidez,
sin necesidad de justificación del destino
de los fondos.
PLAZOS DE AMORTIZACIÓN
a) Inversión: 7 años
con 2 de carencia del pago del capital inicial.
b) Liquidez: 3 años con 1
de carencia para el pago del capital inicial.
TIPO DE INTERÉS
Variable, Euribor 6 meses más 3 puntos y medio.
PERIODICIDAD DE LOS PAGOS
Mensual
COMISIONES
Se cobrará una comisión de apertura
del 0,5% sobre el importe solicitado, con un mínimo
de 60 euros.
AMORTIZACIÓN ANTICIPADA
VOLUNTARIA
Se podrá formalizar siempre que coincida con
una fecha de renovación de intereses, a solicitud
del cliente en la entidad de crédito donde
se formalizó el préstamo, sin ninguna
penalización. El leasing no admite cancelación
anticipada.
TRAMITACIÓN
La solicitud se realizará informáticamente
a través del portal del facilitador
financiero, al que se accede a través
de la siguiente página web: www.facilitadorfinanciero.es.
En el teléfono de atención al cliente
900 567 777, se podrá resolver cualquier duda
y se recibirá asesoramiento sobre el proceso
de cumplimentación de la solicitud.
Las operaciones que resulten aprobadas se formalizarán
a través de las siguientes entidades: BBVA
o Banco Santander, que se pondrán
en contacto con los clientes para iniciar el proceso
de formalización de la operación.
GARANTÍAS
El ICO solicitará a los clientes aportar las
garantías que considere oportunas para el buen
fin de la operación (hipotecarias, personales,
avales solidarios, sociedades de garantía recíproca,
entre otras).
COMPATIBILIDAD
La obtención de financiación a través
de este producto es compatible con
la obtención de financiación de otras
líneas ICO 2010.
VIGENCIA
Este producto se podrá solicitar hasta el 31
de diciembre de 2011.
Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad
para saludarles muy atentamente,