Muy Sres. nuestros:
En su sentencia de 6 de mayo de 2010, la 7ª
sala del Tribunal de la UE, presidida por la Juez
española Rosario de Lapuerta, ha dado la razón
a la Comisión europea que había demandado
a Polonia en virtud de un supuesto incumplimiento
de la Directiva 2006/112/CE del Consejo de 28 de noviembre
de 2006 sobre el régimen común del iva.
La ley polaca sobre el iva de 2004 venía
exigiendo el iva al transporte internacional de autobús
en condiciones que ahora el Tribunal ha condenado.
Los tres elementos litigiosos eran:
En relación con el cálculo
del iva (1) el Tribunal concluye que un iva/forfait,
al ser un montante fijo, vulnera el principio consagrado
en la jurisprudencia del Tribunal de ventilación
proporcional (esto es, en función de la distancia
real en Km recorrida cuando se atraviesan varios
estaos miembros).
Para motivar su condena en relación con el
segundo elemento (2), el Tribunal indica que se vulneran
los derechos de los transportistas de otros estados
miembros de la UE que, al no poder inscribirse en
el registro del iva polaco, no pueden deducirse el
iva soportado en Plonia.
Por último, el Tribunal considera que la
formalidad consistente en exigir la liquidación
del iva en la aduana el entrar el autobús en
el territorio de Polonia (3) va más allá
de las derogaciones nacionales permitidas por la Directiva
2006/112/CE para garantizar la percepción exacta
del iva y prevenir el fraude fiscal.
El Tribunal rechaza de plano los argumentos alegados
por las autoridades polacas basados en la cooperación
leal y la confianza legítima entre Comisión
y Estados miembros ya que alegaban encontrarse en
proceso de modificar la Ley para adaptarla plenamente
a la Directiva comunitaria. Confirmando así,
la gran autonomía de la Comisión para
ejercer su papel de “Guardiana de los Tratados”.
Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad
para saludarles muy atentamente,
Fdo: José Luis Pertierra
- Director -
Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta
Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales
y empresas directamente afiliadas.