Muy Sres. Nuestros:
El Boletín Oficial del Estado de fecha 23
de febrero último, publicó el Real Decreto
103/2010, de 5 de febrero, por el que se modifica
el Reglamento General sobre procedimientos para la
imposición de sanciones por infracciones de
orden social y para los expedientes liquidatorios
de cuotas a la seguridad social, aprobado por RD 928/1998,
de 14 de mayo, cuyo texto íntegro pueden consultar
en:
http://www.boe.es/boe/dias/2010/02/23/pdfs/BOE-A-2010-2883.pdf
La modificación está motivada por
la necesidad de adaptación a lo establecido
en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre
acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
Se modifica el art. 25.1.a), según el cual
a partir de ahora las competencias que ostentaba el
Ministerio de Trabajo e Inmigración en materia
de recaudación en periodo voluntario, sean
asumidas por los órganos competentes según
el Reglamento General de Recaudación y en periodo
ejecutivo por la Agencia Estatal de la Administración
Tributaria.
También se modifica el art. 32.1, en cuanto
a los requisitos de las actas de liquidación
de cuotas de la seguridad social, que hasta ahora
podrían no coincidir con los datos de los documentos
de cotización, que no hubieran sido oportunamente
actualizados; por lo que ahora, el acta de liquidación
se calculará conforme a los datos de los documentos
de cotización.
Igualmente se establecen los datos referentes a
las actas de liquidación de cuotas por falta
de alta o por diferencias, por derivación de
responsabilidad, con tratamiento específico
para el caso de contratos y subcontratos, así
como por aplicación indebido de las bonificaciones
en las cotizaciones a la seguridad social para la
financiación de acciones formativas.
Finalmente, y para el supuesto de actas de liquidación
por derivación de responsabilidad, se señala
que habrá de reflejarse el principal de la
deuda, los recargos, intereses y costas devengadas
hasta la fecha en que se extiende el acta.
Este Real Decreto entró en vigor el día
24 de febrero de 2010.
Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad
para saludarles muy atentamente.
Fdo: José Luis Pertierra
- Director -
Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta
Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales
y empresas directamente afiliadas.