Muy Sres. Nuestros:
El Boletín Oficial del Estado de hoy, publica
el Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero,
por el que se aprueba el Reglamento de centros de
reconocimiento destinados a verificar las aptitudes
psicofísicas de los conductores,
cuyo texto íntegro pueden consultar en:
http://www.boe.es/boe/dias/2010/03/03/pdfs/BOE-A-2010-3471.pdf
Con este Reglamento, y tras las modificaciones introducidas
en la Ley sobre Tráfico, Circulación
de Vehículos a Motor y Seguridad Social como
consecuencia de la incorporación a la legislación
nacional de la Directiva de Servicios, así
como del Reglamento General de Conductores, se regula
en una única disposición normativa todos
aquellos aspectos de los centros destinados a verificar
la aptitud psicofísica de los conductores.
Es de destacar, entre las novedades; la ampliación
de las actividades que pueden realizar los centros
de conductores al permitir que éstos pueden
ofrecer como servicio complementario, si así
lo solicitan los interesados, la gestión, que
podrá hacerse por medios electrónicos,
ante la Jefatura Provincial correspondiente, de la
prórroga de vigencia del permiso o de la licencia
de conducción.
Este Reglamento entrará en vigor el día
4 del próximo mes de mayo.
Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad
para saludarles muy atentamente.
Fdo: José Luis Pertierra
- Director -
Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta
Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales
y empresas directamente afiliadas.