3 de Marzo de 2010   |  Contactar  

Circular nº 31/10
Asunto: Aprobación del Reglamento de Centros de Reconocimiento de aptitudes de los conductores

Muy Sres. Nuestros:

El Boletín Oficial del Estado de hoy, publica el Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores, cuyo texto íntegro pueden consultar en:

http://www.boe.es/boe/dias/2010/03/03/pdfs/BOE-A-2010-3471.pdf

Con este Reglamento, y tras las modificaciones introducidas en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Social como consecuencia de la incorporación a la legislación nacional de la Directiva de Servicios, así como del Reglamento General de Conductores, se regula en una única disposición normativa todos aquellos aspectos de los centros destinados a verificar la aptitud psicofísica de los conductores.

Es de destacar, entre las novedades; la ampliación de las actividades que pueden realizar los centros de conductores al permitir que éstos pueden ofrecer como servicio complementario, si así lo solicitan los interesados, la gestión, que podrá hacerse por medios electrónicos, ante la Jefatura Provincial correspondiente, de la prórroga de vigencia del permiso o de la licencia de conducción.

Este Reglamento entrará en vigor el día 4 del próximo mes de mayo.

Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente.

 

Fdo: José Luis Pertierra
- Director -

 

Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y empresas directamente afiliadas.

 

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