3 de Marzo de 2010   |  Contactar  

Circular nº 30/10
Asunto: Devolución del importe del “céntimo sanitario”

Muy Sres. Nuestros:

En la reunión de Secretarios Generales de Asociaciones Territoriales de FENEBUS que celebramos en Sevilla el pasado día 8 de febrero, tratamos entre otros asuntos, la devolución del importe correspondiente al coloquialmente conocido como “céntimo sanitario”.

Puestos al habla con el despacho de abogados que se encargó de formular las correspondientes reclamaciones en nombre de las empresas afectadas, nos informa lo siguiente:

SITUACIÓN ACTUAL DEL IMPUESTO SOBRE LA VENTA MINORISTA DE DETERMINADOS HIDROCARBUROS

Estimados asociados,

Adjunto os resumimos la situación actual del expediente abierto a España por la ilegalidad del Impuesto sobre la Venta Minorista de Determinados Hidrocarburos.

Como todos sabéis el procedimiento se inició en el año 2008 mediante un Dictamen motivado de la Comisión Europea en el que se denunciaba la ilegalidad del impuesto al tener una finalidad presupuestaria.

Una vez elaborado el Dictamen, el Reino de España emitió su propuesta de contestación. Destaca la brevedad de la contestación y la ausencia de defensa por el Reino de España. Todo lo contrario, manifiesta su voluntad de colaborar con la Comisión para derogar el impuesto, siempre y cuando la Comisión le permita incrementar el Impuesto sobre Hidrocarburos.

Una vez emitida la contestación por parte del Reino de España, la Comisión debe decidir si lleva o no al Reino de España ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Cuestión que debería resolverse a lo largo de 2010.

A nuestro juicio, esto es una muestra de la ilegalidad del impuesto. Es evidente que si el tributo fuera legal no haría falta derogarlo. El contenido de la contestación ha sido plasmado por el Gobierno en la Propuesta de Acuerdo para la Reforma del Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas de Régimen Común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, al expresar su intención de derogar el Impuesto sobre la Venta Minorista de Determinados Hidrocarburos, una vez que la Comisión haga oficial su propuesta de modificación de la Directiva 2003/96/CE con inclusión de la clausula que le permita a las Comunidades Autónomas añadir un suplemento al tipo estatal del Impuesto Armonizado sobre Hidrocarburos. Recordemos que en la actualidad las Comunidades Autónomas no tienen competencia normativa con relación al Impuesto sobre Hidrocarburos.

Como era de esperar los órganos de gestión están denegando las solicitudes de rectificación. Una vez denegadas las solicitudes, se está acudiendo ante los órganos económico-administrativos.

Además, debemos informaros que se ha abierto una nueva vía para recuperar el impuesto soportado desde 2002 hasta 2005. Esta vía no es otra que la de la responsabilidad patrimonial del Estado legislador. Esta vía únicamente puede ejercitarse en el momento en el que se condene expresamente a España. Aun así, os recomendamos comenzar a recopilar la información desde el año 2002.

Por último, nos gustaría haceros dos recomendaciones:

1) Conservar los originales de las facturas hasta que finalicen cada uno de vuestros procedimientos.

2) Poneros en contacto con SOLRED, CEPSA CARD, PETRIMIRALLES, RESSA, SERVISSA, para que os envíen certificados acreditativos de la repercusión del impuesto.

Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente.

Fdo: José Luis Pertierra
- Director -

 

Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y empresas directamente afiliadas.

 

FENEBUS, C/ Orense, 20 · 28020 Madrid. Teléfonos: 91 555 20 93 / 94 - Fax: 91 555 20 95