Muy Sres. Nuestros:
Publicada la Ley Omnibus, y suscitadas diversas
dudas de interpretación sobre el arrendamiento
de vehículos con motor, la Dirección
General de Transporte Terrestre ha dictado la Resolución
de Coordinación nº 1/2010, de 2 de febrero,
cuya fotocopia les adjuntamos.
Tras una serie de argumentaciones sobre la ausencia
de novedades con respecto a la regulación hasta
ahora existente, que no contemplaba un contingente
de autorizaciones, sino una regla de proporcionalidad
entre la oferta de estos servicios y los de taxis,
se establece que las modificaciones introducidas en
la LOTT, en nada afectan al régimen jurídico
de la actividad de arrendamiento de vehículos
con conductor, manteniendo su vigencia las reglas
establecidas en el ROTT y en la Orden FOM/36/2008.
Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad
para saludarles muy atentamente.
Fdo: José Luis Pertierra
- Director -
Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta
Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales
y empresas directamente afiliadas.