22 de Enero de 2010   |  Contactar  

 

Circular nº 12/10
Asunto: Nuevo Plan Vive

Muy Sres. nuestros:

El Boletín Oficial del Estado de hoy, publica la Resolución de 7 de enero de 2010, de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de diciembre de 2009, por el que modifica la normativa establecida por Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de junio de 2009, reguladora de los préstamos previstos en el plan elaborado por el Ministerio de Fomento para la renovación del parque de autobuses y autocares denominada Plan Vive Autobuses 2009-2010,cuyo texto íntegro pueden consultar en

http://www.boe.es/boe/dias/2010/01/22/pdfs/BOE-A-2010-971.pdf

Como ya informamos en el boletín digital FENEBUS NEWS nº 127, de 15 de diciembre de 2009, ante la falta de eficacia del Plan Vive aprobado en el pasado mes de junio, el Ministerio de Fomento consideró conveniente acometer su revisión.

Las modificaciones introducidas se refieren a los apartados tercero, cuarto, quinto y sexto del anterior acuerdo, que resumimos seguidamente:

Tercero. Sujetos intervinientes.

Se flexibiliza la exigencia de la baja del vehículo a sustituir, siendo ahora suficiente el compromiso del beneficiario de proceder a la misma en el plazo de quince días naturales contados desde el siguiente al de matriculación del vehículo cuya adquisición se financie. En ese caso, la matriculación del vehículo deberá producirse antes de que transcurran seis meses desde el día de la firma del préstamo /leasing.

Se suprime con carácter general para los vehículos la exigencia de accesibilidad a las personas con discapacidad y en especial a las que viajan en silla de ruedas para beneficiarse de estos préstamos /leasing, pero se refuerza, como se verá en el apartado Quinto, la financiación de los vehículos accesibles.

Cuarto. Características.

Para vehículos de categoría M2 y M3 se refuerza la financiación que puede llegar hasta 77.000 € ó 143.000 según las clases, para los vehículos accesibles a personas discapacitadas y en especial en silla de ruedas.

Quinto. Financiación de préstamos.

Se modifica para adaptarlo a los importes que ahora se amplían para el caso de vehículos accesibles.

Sexto. Procedimientos y resolución de las solicitudes.

Como en el apartado anterior, se contemplan las cuantías ahora ampliadas para el caso de vehículos accesibles.

Recordemos que el plazo para solicitar los préstamos /leasing ya establecidos en el Plan Vive inicial, finaliza el 20 de diciembre de 2010, salvo que se agoten los fondos con anterioridad.

Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente,

Fdo: José Luis Pertierra
- Director -

 

Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y empresas directamente afiliadas.

 

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