Muy Sres. Nuestros:
El Real Decreto 1032/2007 regula la formación
inicial y la formación continua de los conductores,
por el que se establece que todos los conductores
profesionales del transporte por carretera, y en concreto
de viajeros, tienen la obligación, a partir
de septiembre de 2011, de tener en su poder una tarjeta
que certifica la realización de unos cursos
de formación.
Para facilitar a las empresas la tramitación
de esta obligación, el Grupo COREMSA que viene
colaborando con FENEBUS en cursos de formación,
organiza estos cursos en cada una de las provincias,
de manera rápida, cómoda y económica
para las empresas al aplicar las bonificaciones de
la Seguridad Social.
El curso consta de una formación de 35 horas,
en instalaciones autorizadas por la Comunidad Autónoma
correspondiente (no se pueden realizar en cualquier
instalación), y están tratando de que
exista la máxima flexibilidad y ajuste para
comodidad y facilidad de las empresas.
Todos aquellos conductores de empresas de transporte
de viajeros cuyos permisos de conducir D, D1, D+E,
D1+E (viajeros) hayan sido expedidos antes de 11 de
septiembre de 2008, tendrán la obligación
de tener esta formación continua atendiendo
a las fechas que se detallan a continuación:
• Titulares cuyo permiso
de conducir termine 1 o 2, antes del 10 de septiembre
de 2011
• Titulares cuyo permiso de conducir termine
3 o 4, antes del 10 de septiembre de 2012
• Titulares cuyo permiso de conducir termine
5 o 6, antes del 10 de septiembre de 2013
• Titulares cuyo permiso de conducir termine
7 o 8, antes del 10 de septiembre de 2014
• Titulares cuyo permiso de conducir termine
9 o 0, antes del 10 de septiembre de 2015
Fdo: José Luis Pertierra
- Director -
Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta
Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales
y empresas directamente afiliadas.