16 de Diciembre de 2009   |   Contactar  

 

Circular nº 74/09
Asunto: Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio

Muy Sres. Nuestros:

El Boletín Oficial del Estado del pasado 24 de noviembre publicó la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, cuyo texto íntegro pueden consultar en

http://www.boe.es/boe/dias/2009/11/24/pdfs/BOE-A-2009-18731.pdf

Mediante esta Ley se incorpora parcialmente al Derecho español la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior; una norma horizontal sobre el libre acceso y ejercicio de las actividades de servicios.

Ni la Directiva, ni por tanto esta Ley horizontal afectan al sector servicios en general dejando fuera de su ámbito de aplicación los servicios financieros, los servicios y redes de comunicación electrónicas los servicios de transporte, los servicios de las ETT, los servicios sanitarios, los servicios audiovisuales, las actividades de juego, los servicios sociales relativos a la vivienda social, a la atención a los niños y al apoyo a las familias y personas temporal o permanentemente necesitadas proporcionadas directamente o indirectamente por las administraciones públicas, así como los servicios de seguridad privada.

Tampoco se aplicará a las actividades vinculadas al ejercicio de la autoridad pública, a aquellos aspectos concretos relacionados con el acceso o ejercicio de una actividad de servicios regidos por otros instrumentos comunitarios (postal, energético o de aguas, entre otros), o a las materias reguladas en Directivas comunitarias que contienen normas más específicas, como la de la libre prestación de servicios de los abogados, la relativa al reconocimiento de cualificación profesionales y la referente al desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios transnacional.

Será en la conocida comúnmente como Ley Omnibus (v. Boletines Digitales de FENEBUS de 7 y 21 de abril, 5 de mayo y 16 de junio todos ellos de 2009) cuya tramitación parlamentaria está prácticamente finalizada donde se abordarán las normas sectoriales de transposición, donde se concreten sectorialmente la supresión de manera que restringen el acceso y el ejercicio de las actividades de servicios, adecuando todas las normas de rango legal estatales a los principios de la Ley horizontal, entre otras 45, la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT)

Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente,

 

Fdo: José Luis Pertierra
- Director -

 

Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y empresas directamente afiliadas.

 

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