3 de Diciembre de 2009   |   Contactar  

 

Circular nº 70/09
Asunto: Bases reguladoras para el abandono de la actividad

Muy Sres. Nuestros:

El Boletín Oficial del Estado del día 30 de noviembre último, publicó la Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad, cuyo texto íntegro pueden consultar en

http://www.boe.es/boe/dias/2009/11/30/pdfs/BOE-A-2009-19121.pdf

En virtud de esta Orden se modifica la anterior para adaptarla a las modificaciones organizativas introducidas en la Dirección General de Transporte Terrestre, y al propio tiempo se introducen algunas pequeñas modificaciones de tipo técnico, permaneciendo invariables los aspectos más significativos, concretamente, los siguientes:

  1. Edad. Superior o igual a 58 años o haberle sido declarada una incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista.
  2. Nº autorizaciones. Máximo de 3 copias
  3. Titularidad ininterrumpida, durante los 10 últimos años, admitiéndose solo una interrupción por plazo no superior a tres meses.
  4. Cuantías. No se modifican.

Las solicitudes se presentarán por escrito de conformidad con el Anexo I de esta Orden acompañando los documentos que se indican en el Anexo II, en el plazo de un mes, a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente.

 

Fdo: José Luis Pertierra
- Director -

 

Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y empresas directamente afiliadas.

 

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