28 de Septiembre de 2009   |   Contactar  

 

Circular nº 58/09
Asunto: Normativa Euro Cuatro

Muy Sres. Nuestros:

Ante la reciente entrada en vigor de la normativa EURO 5 en cuanto a la homologación de vehículos, se planteó la duda por parte de algunas empresas sobre posibles restricciones para continuar circulando con autobuses que no cumplieran las nuevas exigencias.

Formulada consulta ante los organismos comunitarios, nos han comunicado que no existe ningún tipo de restricción a la entrada de vehículos que cuenten con este tipo de motores en ninguno de los Estados miembros de la Unión Europea.

El Reglamento (CE) nº 715/2007, sobre homologación de tipo de vehículos de motor por lo que se refiera a las emisiones procedentes de vehículos comerciales ligeros, introduce exigencias relativas a las emisiones de los vehículos (normas Euro 5 y Euro 6) que vienen a reforzar las que figuran en la norma Euro 4, en vigor desde el 1 de enero de 2005.

La entrada en vigor de la normas Euro 5 y Euro 6 se está produciendo de manera progresiva, y afecta únicamente a los vehículos nuevos. En este sentido, el 1 de septiembre de 2009 ha entrado en vigor la norma Euro 5 en lo que respecta a la homologación de los vehículos, pero éste es un requisito que atañe únicamente a los fabricantes de nuevas clases de vehículos, no afectando en ningún caso a los vehículos que ya están en circulación.

El 1 de enero de 2011 entrará en vigor la norma Euro 5 en lo que se refiere a la matriculación y venta de las nuevas clases de vehículos. En 2014 y 2015 entrarán asimismo en vigor las exigencias sobre emisiones de la norma Euro 6, centrada en este caso en la reducción de los óxidos de nitrógeno.

Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente.

 

Fdo: José Luis Pertierra
- Director -

 

Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y empresas directamente afiliadas.

 

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