2 de Abril de 2009   |  Contactar  

 

Circular nº30/09
Asunto: Cambios en materia tributaria

Muy Sres. Nuestros:

El Boletín Oficial del Estado de fecha 31 de Marzo pasado publica el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de Marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica cuyo texto íntegro pueden consultar en

http://www.boe.es/boe/dias/2009/03/31/pdfs/BOE-A-2009-5311.pdf

Contiene dos cambios importantes en materia tributaria:

  • Reducción del interés legal del dinero, que pasa al 4% y del interés de demora que pasa al 5%.

  • Mantenimiento de la deducción fiscal por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, que estaba previsto quedara suprimida a partir de 2012.

Mantenimiento de la deducción fiscal por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, que estaba previsto quedara suprimida a partir de 2012.

El artículo 2 del RDL da nueva redacción al apartado 3 de la Disposición derogatoria segunda de la Ley 35/2006, del IRPF, suprimiendo la referencia que en dicha Disposición se hace al artículo 35 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS en adelante), regulador de la deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica. Por tanto, se deja sin efecto la derogación de la deducción, que estaba prevista con efectos para los períodos impositivos que se iniciaran a partir de 1 de enero de 2012.

El artículo 3 del RDL, en coherencia con lo anterior, cambia el TRLIS y suprime el régimen transitorio que estaba contemplado a partir de 2012 para los saldos de deducción de años anteriores, que pudieran encontrarse entonces pendientes de aplicar por insuficiencia de cuota tributaria en ellos.

También, lógicamente, se deroga la Disposición Adicional vigésima tercera de la Ley 35/2006, del IRPF, en la que se hacía descansar el futuro de la deducción en los resultados de un estudio a presentar al Gobierno durante el último semestre del año 2011 por el Ministerio de Economía y Hacienda, asistido por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, relativo a la eficacia de las diferentes ayudas e incentivos a las actividades de investigación, desarrollo e innovación vigentes durante los años 2007 a 2011.

Como explicación de la medida, la exposición de motivos del RDL señala que “se estima necesario suprimir el límite temporal de la deducibilidad de determinadas inversiones en I+D+i, para reafirmar una de las líneas estratégicas de impulso de la economía y de transición a un patrón de crecimiento más productivo y competitivo”, asumiendo así el Gobierno diversas iniciativas parlamentarias que, en los últimos meses, han promovido la mejora de la regulación tributaria de las empresas más innovadoras y, en concreto, la estabilidad de los incentivos fiscales a las actividades de I+D+i.

El mantenimiento de la deducción, dota de plena seguridad jurídica a los esfuerzos en materia de I+D+i en lo que se refiere a la ventaja fiscal. En cambio, de manera incoherente, no se ha modificado la reducción de la deducción, prevista en la Disposición adicional décima del TRLIS. Por ello la deducción sigue quedando en un 85% de su importe “para los períodos impositivos iniciados en 2008 y años siguientes”.

En general, las reducciones paulatinas a partir de 2007 de muchas de las deducciones aplicables en el Impuesto sobre Sociedades -también en el IRPF a las personas físicas que realizan actividades empresariales o profesionales-, marcan la pauta hacia su desaparición; una vez se ha decidido mantener la deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, no tiene sentido alguno que se mantenga en el 85% de su importe -o lo que es igual, reducida en un 15%-, porcentaje que viene siendo de aplicación desde 2008.

Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente,

Fdo: José Luis Pertierra
- Director -

 

Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y empresas directamente afiliadas.

 

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