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Circular nº22/09
Asunto: Medidas urgentes para el mantenimiento
y el fomento del empleo
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Muy Sres. Nuestros:
El Boletín Oficial del Estado del pasado día
7, publico el Real Decreto-Ley 2/2009, de
medias urgentes para el mantenimiento y el fomento
del empleo y la protección de las personas
desempleadas, cuyo texto íntegro pueden
consultar en
http://www.boe.es/boe/dias/2009/03/07/pdfs/BOE-A-2009-3903.pdf
Resumimos a continuación los principales aspectos
de esta disposición.
MEDIDAS DE PROTECCIÓN A DESEMPLEADOS.
- Expedientes de regulación de empleo:
- Incremento de la protección de los desempleados:
MEDIDAS DE FOMENTO DE EMPLEO.
-
Los empresarios que contraten
indefinidamente hasta el 31 de diciembre de 2009
a trabajadores desempleados beneficiarios de las
prestaciones, subsidios o renta activa de inserción,
tendrán derecho a una bonificación
del 100% de la cuota por contingencias comunes hasta
que la cuantía de la bonificación
alcance un importe equivalente a la cuantía
bruta de la prestación, subsidio o renta.
El empleador debe mantener el contrato un año.
La bonificación es incompatible con cualquier
otra.
- Impulso de los contratos a tiempo parcial, incrementando
las bonificaciones previstas en el Programa de Fomento
de Empleo. También se bonificará la
contratación de quien esté actualmente
contratado a tiempo parcial siempre que su jornada
de trabajo ahora sea inferior a un tercio de la jornada
completa.
Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad
para saludarles muy atentamente,
Fdo: José Luis Pertierra
- Director -
Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta
Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales
y empresas directamente afiliadas.
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FENEBUS, C/ Orense,
20 · 28020 Madrid. Teléfonos: 91 555 20 93 / 94 - Fax:
91 555 20 95
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