Muy Sres. nuestros:
El Boletín Oficial del Estado de
fecha 2 de diciembre 2008 publicó el Real Decreto
1975/2008, de 28 de noviembre, sobre medidas urgentes
en materia económica, fiscal, de empleo y de
acceso a la vivienda.
Recordamos que este Decreto introdujo modificaciones
en el Reglamento del IRPF que afectaron al cálculo
de las retenciones sobre rendimientos del trabajo
personal, en el sentido que con efectos desde el pasado
1 de enero de 2009, el tipo de retención
de los rendimientos sobre el trabajo se podrá
reducir en dos enteros, cuando la cuantía total
de las retribuciones sea inferior a 33.007,2 euros
y el contribuyente hubiese comunicado a su pagador
que destina cantidades para la adquisición
o rehabilitación de su vivienda habitual utilizando
financiación ajena, por las cuales tiene derecho
a la correspondiente deducción. La citada reducción
no podrá dar lugar a un tipo de retención
negativo.
A efectos de que el contribuyente pueda realizar
dicha comunicación a su pagador, la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, aprobó
un nuevo modelo 145, de comunicación de datos
al pagador de rendimientos del trabajo o de la variación
de los datos previamente comunicados (Resolución
de 11 de diciembre de 2008, publicada en el Boletín
Oficial del Estado del pasado 18 de diciembre).
Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad
para saludarles muy atentamente,
Fdo: José Luis Pertierra
- Director -
Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta
Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales
y empresas directamente afiliadas.