13 de enero de 2009   |  Contactar  

 

Circular nº 05/09
Asunto: Modificación del texto refundido de la Ley de Infracciones y
Sanciones en el Orden Social

Muy Sres. nuestros:

La Ley 2/2008 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009 (Boletín Oficial del Estado 24 de diciembre 2008), establece en su Disposición Final Octava una modificación La Ley 2/2008 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009 establece en su Disposición Final Octava una modificación del texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de Agosto, que consiste en lo siguiente:

Se modifica el apartado 3 del art. 22 de la citada Ley:

Se incorpora como infracción grave, no efectuar el ingreso en la cuantía debida de las cuotas correspondientes que por todos los conceptos recauda la Tesorería General de la Seguridad Social.

Se añade un nuevo apartado d) al artículo 40.1 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social que regula las sanciones que corresponden a la infracción grave del art. 22.3 y a la infracción muy grave del artículo 23.1. b):

d) Las infracciones señaladas en los artículos 22.3 y 23.1.b) se sancionarán:

Primero: La infracción grave del artículo 22.3 se sancionará con la multa siguiente:

- en su grado mínimo, con multa del 50 al 65 por 100 del importe de las cuotas de Seguridad Social y demás conceptos de recaudación conjunta no ingresados, incluyendo recargos, intereses y costas;
- en su grado medio, con multa del 65,01 al 80 por 100 y
- en su grado máximo, con multa del 80,01 al 100.

Segundo: La infracción muy grave del artículo 23.1.b) se sancionará con la multa siguiente:

- en su grado mínimo, con multa del 100,01 al 115 por 100 del importe de las cuotas de Seguridad Social y demás conceptos de recaudación conjunta no ingresados, incluyendo recargos, intereses y costas;
- en su grado medio, con multa del 115,01 al 130 por 100; y
- en su grado máximo, con multa del 130,01 al 150 por 100.

 

Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente,

 

Fdo: José Luis Pertierra
- Director -

 

Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y empresas directamente afiliadas.

 

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