Madrid 9 Diciembre 2008   |  Contactar  

 

Circular nº 59/08
Asunto: La SGAE contrata detectives para seguimiento de los autocares

 

Muy Sres. Nuestros:

Como continuación de nuestra circular nº16/08, sobre exhibición de vídeos y obras musicales en los autocares, nuevamente les informamos que la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) ha contratado detectives privados para inspeccionar y obtener pruebas de infracciones en el pago de derechos de autor en hoteles, bares, restaurantes y autobuses. Así lo hemos podido constatar por la información facilitada por los noticiarios de Telemadrid del pasado 5 de los corrientes, en los que se entrevistaba precisamente a uno de esos detectives que, además de confirmar el encargo recibido de su cliente SGAE, explicaba ante las cámaras cómo llevan a cabo su trabajo en los autobuses, haciéndose pasar por viajeros y ya durante el viaje y en el interior del autobús , graban el funcionamiento de la radio, video o DVD, a efectos de facilitar pruebas a la SGAE para su posterior reclamación judicial.En los mismos programas televisivos, tanto un empresario afectado como la dirección de FENEBUS, confirmaron la actuación de dichos detectives privados en el interior de los autobuses en los últimos meses.

Como se recordará, las Asociaciones Nacionales, entre las que se encuentra FENEBUS, denunciaron el 30 de septiembre último el convenio suscrito en el año 2000 entre dichas Asociaciones y SGAE, AISGE y AIE. Dicho convenio está en vigor hasta el 31 de diciembre del presente año, incluso cabe señalar que los contratos suscritos, a través de los que se acordó el pago de derechos de autor para toda la vida del vehículo, seguirán en vigor hasta su sustitución. No obstante, la SGAE, con independencia de que nos dice en su escrito, acusando recibo de la denuncia del convenio, estar abierta a una nueva negociación del mismo, nos comunica que dió traslado de nuestra denuncia a sus delegaciones provinciales a los efectos oportunos. Al propio tiempo contrata detectives para que inspeccionen los autobuses y que según ha podido saber FENEBUS se trata de una inspección en doble dirección; ya que por una parte es a las empresas de autobuses y por otra a las propias delegaciones provinciales de la entidad, por si mantienen acuerdos con las empresas que no respetan el convenio suscrito en el año 2000 con las Asociaciones.

En estos días se ha conocido una nueva sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 4 de los de Madrid de fecha 31 de octubre último, desestimando la demanda de SGAE, al establecer que “la mera existencia de serie de equipos reproductores no hace presuponer sin mas elemento heurístico su utilización”. Por otra parte, y ante la utilización de la grabación telefónica conseguida por una agencia de investigación, por encargo de la SGAE, con una empleada de la empresa de autocares demandada, que afirmaba disponer los autobuses de toda la flota de video o DVD resulta controvertida “ y la ratificación del perito-testigo D…. resulta confusa y ambigua”. Por contra los tres testigos propuestos por la demandada “manifiestan de forma uniforme y sin contradicción alguna, que en los autocares objeto de autos, no se reproducen públicamente obras musicales y audiovisuales del repertorio gestionado por la demandante”. En consecuencia se desestima la demanda de la SGAE, a la que se condena al pago de las costas del juicio.

Diversos medios de comunicación han difundido también durante estos días la noticia de una reciente sentencia, por la que se sanciona con una multa de 43.179,00 € a un restaurante de Sevilla, que utilizaba sin autorización obras musicales (canciones pegadizas y bailables) en una boda ( y en la que se había “colado” - por supuesto sin autorización - un detective contratado por la SGAE, con el fin de obtener la prueba para el juicio; el mismo procedimiento que se sigue con los autobuses). Pero a veces, resulta que “el cazador es cazado” y así la Agencia Española de Protección de Datos, impuso a la SGAE una multa de 60.101,00 € por la grabación llevada a cabo por el detective en la boda, sin autorización, lo que supone una violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen. No obstante, según declaró Pedro Farré, Director de Relaciones Institucionales de la sociedad de gestión de derechos “llevamos lustros haciéndolo y lo volveremos a hacer”, lo que evidencia la prepotencia de la SGAE tanto en sus actuaciones como en sus declaraciones.

Quedamos a disposición de nuestras asociaciones y empresas afectadas, para cualquier aclaración o información suplementaria que nos soliciten sobre este asunto, manteniendo nuestra recomendación a las empresas, que si no utilizan los aparatos reproductores de video o audio , lo comuniquen fehacientemente a la SGAE para evitar reclamaciones por el solo equipamiento de los vehículos ; y en el caso de que los utilicen, que contraten previamente su utilización con las entidades, que representan la gestión de derechos de autor

Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente,

Fdo: José Luis Pertierra
- Director -

Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y Empresas directamente afiliadas.

 

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