Muy Sres. Nuestros:
El Boletín Oficial del Estado de fecha 10
de los corrientes, publica la Resolución de
27 de agosto de 2008, de la Secretaria de Estado de
la Seguridad Social, por la que se dictan instrucciones
para la aplicación de la Orden TAS/2947/2007,
de 8 de octubre, por la que se establece el suministro
a las empresas de botiquines con material de primeros
auxilios en caso de accidente de trabajo, como parte
de la acción protectora del sistema de la Seguridad
Social, cuyo texto íntegro pueden consultar
en
http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/10/pdfs/A36822-36828.pdf
Esta resolución precisa el alcance de la previsión
establecida en la Orden de 2007, de suministro a las
empresas de botiquines con material de primeros auxilios
en caso de accidente de trabajo, como parte de la
acción protectora del sistema de la Seguridad
Social, por parte de las entidades gestoras y de las
mutuas de accidentes de trabajo a las empresas respecto
de cuyos trabajadores asuman la protección
por contingencias profesionales (v. Circular Fenebus
nº 54/07, de 15 de octubre).
Se excluye, por tanto, del ámbito de aplicación
de esta resolución y en consecuencia del suministro
del botiquín, las empresas que no tengan a
su servicio trabajadores por cuenta ajena.
El contenido de los botiquines y las cuantías
máximas a abonar por su adquisición,
conforme al número de trabajo del centro de
trabajadores, se detallan en el Anexo I de la resolución,
oscilando desde 67,57€ hasta 91,23€, para
empresas de más de 25 trabajadores. Cuando
una empresa disponga de más de un centro de
trabajo, se podrá suministrar un botiquín
a cada centro.
La competencia para tramitar y resolver sobre las
solicitudes de reintegro del coste del botiquín
corresponde a la dirección provincial del INSS
en cuyo ámbito territorial radique el centro
de trabajo de la empresa.
La solicitud de reintegro del coste del botiquín,
se presentará junto con los documentos que
se citan en la instrucción cuarta de la resolución,
conforme a los modelos de su Anexo II.
Esta resolución surte efectos desde el pasado
11 de septiembre y se aplica a las adquisiciones de
boletines realizados por las empresas desde el 12
de octubre de 2007.
Sin otro particular, y a la espera de sus noticias,
aprovechamos la ocasión para enviarles un cordial
saludo,