Madrid, 4 de Septiembre 2008   |  Contactar  

 

Circular nº 43/08
Asunto: Informe de la Comisión Nacional de la Competencia sobre la competencia en el transporte interurbano de viajeros en autobús

Muy Sres. Nuestros:

Diversos medios de comunicación hicieron público en el día de ayer un resumen de la Nota de Prensa facilitada por la Comisión Nacional de la Competencia, sobre el “Informe de la competencia en el transporte interurbano de viajeros en autobuses en España”. Tanto la Nota como el informe competo podrán consultarlo en la siguiente dirección

http://www.cncompetencia.es/PDFs/novedades/113.pdf

Llamamos especialmente la atención de la páginas 33 a 38, cuya atenta lectura aconsejamos; ya que contienen el resumen y conclusiones del Informe.

Recordamos que el Tribunal de Defensa de la Competencia (antecesor de la Comisión Nacional de la Competencia) ya en el año 1993 emitió un Informe titulado “Remedios políticos que pueden favorecer la libre competencia en los servicios y atajar el daño causado por los monopolios“ y en el año 1995 otro Informe del propio Tribunal se refería a “La competencia en España: Balance y nuevas propuestas”. Entonces el Tribunal y concretamente el Magistrado responsable del Informe y de la actividad de los Transportes mantuvo numerosas reuniones y contraste de opiniones con los responsables de FENEBUS, circunstancia que no se ha dado en el Informe que ahora comentamos y que tras un análisis del sector de las concesiones y de su marco regulatorio está muy centrado en el Protocolo de criterios para los futuros concursos suscrito por el Ministerio de Fomento y diversas organizaciones del sector con fecha 24 de abril de 2007.

El objetivo del Informe es analizar las limitaciones que plantea el marco regulatorio de acceso al mercado de transporte regular, proponiendo una serie de mejoras que permitan alcanzar una competencia real y efectiva en este mercado. El estudio responde “a una necesidad de análisis de este mercado, detectada a raíz de la operación de concentración de las empresas National Express/Continental Auto/Movelia, aprobada por Consejo de Ministros en septiembre de 2007”.

Sin ánimo de ser exhaustivos, como puntos o aspectos que mas llaman nuestra atención señalamos los siguientes:

  1. Propugna la supresión de la “exclusividad” al defender un segundo operador en algunas rutas.
  2. Defiende la supresión de las barreras que pueden obstaculizar o limitar el acceso al mercado y califica la concesión como un “monopolio temporal”.
  3. Denuncia la existencia de una amplia discrecionalidad administrativa tanto en el Protocolo de criterios como en los pliegos de condiciones de los concursos, reclamando mayor ponderación de la tarifa y frecuencias.
  4. El sistema de valoración pactado en el Protocolo puede inducir a una coordinación de precios entre las empresas que compiten por la concesión.
  5. Defiende plazos concesionales entre los 6 años (mínimo de la LOTT) y los 10 años (máximo del Reglamento de obligaciones de servicio público de la UE).
  6. Considera el derecho de preferencia del anterior concesionario (art. 73.3 ROTT) como desincentivador para la entrada de terceros operadores.
  7. La inclusión en el Protocolo y en los Pliegos de Condiciones de los concursos de la subrogación del personal la considera una extralimitación.
  8. Posibilidad de recurrir en vía contencioso-administrativa por parte de la Comisión Nacional de la Competencia los Pliegos de condiciones susceptibles de recurso.
  9. El requisito de tres años de experiencia inmediatos anteriores a la licitación de un concurso representa un trato discriminatorio, no proporcional y una barrera infranqueable para terceros concursantes.
  10. El sistema de fijación de la tarifa a precio mínimo del servicio según el Protocolo choca con la normativa de la competencia.

Sin otro particular, aprovechamos la ocasión para enviarles un cordial saludo,


Fdo: José Luis Pertierra
-Director-

 

Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y Empresas directamente afiliadas.

 

FENEBUS, C/ Orense, 20 · 28020 Madrid. Teléfonos: 91 555 20 93 / 94 - Fax: 91 555 20 95