25 de abril de 2008   |  Contactar  

 

Circular nº 22/08
Asunto: Ampliación del plazo para pagar el Impuesto de Sociedades (2)

Muy Sres. nuestros:

Como continuación de nuestra Circular nº 18/08, de 2 de abril, nos es grato informarle que el Boletín Oficial del Estado del pasado 22 publicó el Real Decreto-Ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica, cuyo texto íntegro pueden consultar en

http://www.boe.es/boe/dias/2008/04/22/pdfs/A20740-20748.pdf

En esta norma se aprueba la ampliación para efectuar el primer pago fraccionado correspondiente a 2008, del Impuesto sobre Sociedades y del I.R.P.F. (contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad económica con el método de estimación directa), así como la flexibilización del método de cálculo de los mismos.

El plazo para realizar el citado pago fraccionado queda ampliado hasta el próximo 5 de mayo (antes finalizaba el 21 de abril).

En cuanto al método de cálculo del pago fraccionado y con efectos exclusivos para los períodos impositivos que se inicien durante el año 2008, el presente Real Decreto-Ley permite a las empresas con facturación superior a 6.010.121,04 euros, optar por cualquiera de los dos métodos de cálculo del pago fraccionado existentes (por lo que se las exime de calcular necesariamente la base imponible de los tres, nueve y once primeros meses del año a efectos de determinar los pagos fraccionados).

El presente Real Decreto-Ley entró en vigor el mismo día de su publicación.

Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente,

Fdo: José Luis Pertierra
- Director -

Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y Empresas directamente afiliadas.

 

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