30 de enero de 2008   |  Contactar  

 

Circular nº 11/08
Asunto: Prevención y Control integrados de la contaminación (IPPC) (2)

Muy Sres. nuestros:

Hemos detectado error en la Circular nº 07/08, de 24 de enero, en relación con el asunto epigrafiado.

Las normas a las que nos referíamos en esa circular, es decir, la Ley 16/2002, de 1 de julio, su Reglamento aprobado por Real Decreto 509/2007, de 20 de abril, y la modificación de la Ley antes citada, ampliando el plazo para el otorgamiento de la denominada autorización ambiental integral, no son de aplicación al transporte de viajeros por carretera.

Se ha producido el error al confundir esta normativa con la establecida en el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados, que si es de aplicación a las empresas de transporte, y que también obligaba a la elaboración de un informe preliminar de situación (IPS), antes del 7 de febrero de 2007.

Rogando disculpen nuestro error, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente,

Fdo: José Luis Pertierra
- Director -

Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y empresas directamente afiliadas.

 

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