Muy Sres. nuestros:
Aunque con bastante retraso, la Dirección General
de Tráfico nos ha facilitado copia de su Instrucción
06/S-87 sobre uso obligatorio de cinturones de seguridad
y otros sistemas de retención, que les adjuntamos.
En el Anexo I de dicha instrucción se determina que
no es obligatoria la utilización del cinturón de seguridad
u otros sistemas de retención homologados por menores
de tres años de edad en los autobuses. Asímismo y
en cuanto a la responsabilidad por su no utilización
se establece que está exento el profesional (conductor)
que presta servicio público a terceros.
Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad
para saludarles muy atentamente,
Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva,
Presidentes de Asociaciones Territoriales y empresas
directamente afiliadas.