10 de mayo de 2007   |  Contactar  

 

Circular nº 35/07
Asunto: El Parlamento Europeo aprueba la Propuesta de Obligaciones de Servicio Público

Muy Sres. nuestros:

Tras varias reuniones informales mantenidas entre representantes de la Presidencia alemana del Consejo, eurodiputados y representantes de la Comisión Europea, el Parlamento Europeo aprobó en la Mini Sesión Plenaria celebrada ayer día 10 de mayo en Bruselas, las enmiendas presentadas a la Posición Común del Consejo sobre la Propuesta de Reglamento de las Obligaciones de Servicio Público.

El Parlamento mantiene los 8 años de duración para los contratos de servicios de transporte en autobús con las mismas posibilidades de prórroga, pero ha modificado los períodos para la entrada en vigor del futuro Reglamento y la adaptación de la normativa en vigor a la regulación establecida por la nueva norma para la adjudicación de los contratos.

Respecto a la entrada en vigor la nueva enmienda adoptada (n° 74, que modifica el art. 12) establece que el Reglamento entrará en vigor 24 meses después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea; debiéndose cumplir la normativa referida a la adjudicación de contratos del art. 5 10 años después de la fecha de entrada en vigor del Reglamento (enmienda 73).

Se respetarán los contratos adjudicados antes del 26 de julio de 2000 si se han hecho de acuerdo con un procedimiento competitivo

Para los contratos adjudicados antes del 26 de julio de 2000 de acuerdo con un procedimiento no competitivo podrán continuar hasta su expiración, siempre y cuando su duración no sea superior a 30 años.

Los contratos adjudicados -entre el 26 de julio del 2000 y la entrada en vigor del Reglamento- de acuerdo a un procedimiento competitivo podrán continuar hasta su expiración, siempre y cuando su duración no sea superior a 30 años.

Los contratos adjudicados -entre el 26 de julio del 2000 y la entrada en vigor del Reglamento- de acuerdo a un procedimiento no competitivo podrán continuar hasta su expiración, siempre y cuando su duración sea comparable a la duración regulada en el nuevo Reglamento (8 años).

Ha introducido el Parlamento nuevas posibilidades de:

  • subcontratación;
  • ampliación en la duración del contrato sujeta a su confirmación por parte de los usuarios;
  • libertad de las autoridades para establecer criterios sociales y de calidad e imponer normas de calidad específicas en materia social y de servicios;
  • deber de garantizar una protección jurídica eficaz y un procedimiento de revisión eficaz, etc.

Para los casos de adjudicación directa a pequeñas y medianas empresas el Parlamento ha estipulado que deberá tratarse de empresas que no utilicen más de 23 vehículos y los umbrales se han establecido en 2.000.000 de Euros de valor medio anual, o en una prestación anual de menos de 600.000 kilómetros.

Dado que la mayor parte de las enmiendas aprobadas por el Parlamento durante la Sesión de hoy, han sido enmiendas que ya estaban negociadas con Consejo y Comisión, se cree que no va a ser necesario abrir el procedimiento de conciliación, por lo que el Reglamento podría quedar aprobado en los próximos meses.

Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente,

Fdo: José Luis Pertierra
- Director -

Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y empresas directamente afiliadas.

 

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