Muy Sres. nuestros:
En el día de ayer hemos mantenido con el Subdirector
General de Gestión e Intervención de Impuestos Especiales,
la reunión que habíamos solicitado tras la publicación
de la Orden por la que se estableció el procedimiento
para la devolución parcial de los impuestos por consumo
de gasóleo profesional (v. Circular Fenebus nº 61/06,
de 28 de diciembre).
En primer lugar, reconoció que esta reunión debería
haberse celebrado con anterioridad, si bien la tramitación
de Ley fue larga, y era necesario publicar la Orden
antes de finalizar el año. A continuación se plantearon
al Subdirector las diversas dudas que suscita hasta
ahora, el procedimiento, informando que no era posible
introducir modificaciones y facilitándonos las siguientes
respuestas:
Vehículos autorizados: Aseguró el Subdirector
que están incluidos los vehículos adscritos a servicios
de transporte urbano; estando previsto que no cuentan
con "autorización de empresa" que no es preciso sustituir
por otro documento.
Utilización de Internet: Solo se admitirá
esta vía para tramitar las solicitudes, modificaciones,
según se establece en la Orden. La aplicación informática
permite tramitar todas las modificaciones, bajas,
etc.
Tarjetas GP: Existe una tolerancia para exigir
que en todas las tarjetas figure la mención "gasóleo
profesional", sustituyéndose todas las tarjetas paulatinamente.
No es necesario que la tarjeta tenga un plazo de validez;
puede ser indefinida.
Instaladores de venta al por menor: Lo único
que tiene que tener el surtidor es un contador y un
reloj.
Derecho a devolución: El Alta en estos momentos
tiene efectos retroactivos (plazo 31 de marzo). Transcurrido
este plazo, y mientras el vehículo no se dé de alta,
no se devenga el derecho a devolución (1).
Es competente la Comunidad Autónoma de residencia
para tramitar la devolución.
Instaladores de consumo propio: Se planteaban
en este apartado las dudas mas generalizadas. En el
caso de cooperativas, estaciones de autobuses, grupos
de empresas que hacen sus repostajes en instalaciones
comunes y de las cuales, según la normativa sólo se
podría beneficiar una única empresa que sería la titular
de la instalación, el subdirector aclaró que las empresas
beneficiarias podrían actuar como entidades emisoras
de tarjetas de gasóleo profesional y con tarjetas
GP podrían repostar 2 empresas en una misma instalación,
funcionando a efectos de devolución como estación
de servicio. También dijo que con el sistema de TELEMAT
de Solred (2) u otros similares se podría sustituir
a las tarjetas, y que habría que pedir por cada empresa
que se fuera a beneficiar de la instalación de otra
empresa una autorización para que con su TELEMAT se
pudieran hacer esos repostajes.
A efectos de los vehículos no es significativo que
estén bajo la fórmula de renting, leasing, etc; lo
importante es quién ejerce la actividad.
Sistema informático contable: Lo que se exige
es contar con un listado de repostaje con fecha y
hora y en el sistema contable el titular introducirá
el dato de la matrícula. Será necesario añadir una
columna para indicar el tipo de gasóleo. Los informáticos
de Hacienda van a intentar crear un fichero para que
se puedan dar de alta varios vehículos con un sólo
fichero y no tener que introducir uno a uno todos
los vehículos como es el caso hasta ahora.
También para homologar el programa contable de los
repostajes, sólo es necesario que el programa que
se utiliza demuestre a Hacienda que registra los datos
que exigidos.
Devolución de cuotas por los suministros efectuados:
No consta el plazo, por lo que será el general - 6
meses -. Intentarán hacerlo lo antes posible, ya que
de lo contrario tendrán que abonar intereses de demora.
El Subdirector comunicó que la disposición se ha
publicado hace poco tiempo y que aún queda bastante
plazo hasta el 31 de marzo, ofreciéndose para aclarar
aquellas cuestiones que susciten dudas sobre su aplicación,
refiriéndose a la posibilidad de incluir en la página
web un apartado sobre "preguntas frecuentes".
Por ello, les rogamos que nos faciliten todas las
dudas y dificultades que se presenten en la tramitación,
para formular las consultas conjuntamente.
Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad
para saludarles muy atentamente,
(2) Este sistema mediante un microchip
instalado en su vehículo y conectado a una bobina emisora
que se sitúa en la boca del depósito le permite un repostaje
rápido y seguro. La Estación de Servicio recibe, en
segundos y de forma automática (sólo con introducir
el boquerel del surtidor Solred Telemat en el depósito),
la información suficiente para: identificar el vehículo
y el cliente, la flota, saber el tipo de carburante
que necesita y autorizar o denegar el repostaje.
Gracias a este sistema no es necesario
desplazarse hasta la caja para pagar el carburante,
además le facilita de forma detallada información del
repostaje:
Circular remitida a: Comité Ejecutivo,
Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales
y empresas directamente afiliadas.