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Madrid, 19 enero de 2006 Circular nº
08/06
Muy Sres Nuestros: La Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, establece en su Disposición Adicional Quincuagésima, el "Programa de Fomento del Empleo para 2006". Este programa no presenta grandes variaciones con respecto al del año anterior que, no obstante, resumimos a continuación: Contratos suscritos con trabajadores de sesenta o más años En relación a los contratos de trabajo de carácter indefinido que estén suscritos con trabajadores de 60 o más años y con una antigüedad en la empresa de cinco o más años darán derecho durante 2006 a las siguientes bonificaciones sobre las cuotas correspondientes a la aportación empresarial en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, salvo por I.T derivada de las mismas, de las siguientes cuantías, según el caso:
El resto de requisitos respecto a este colectivo es igual que el regulado en el Programa de Fomento de Empleo del año pasado. Mandato al Gobierno En el número 10 de la Disposición Adicional Quincuagésima se establece lo siguiente: "El Gobierno, en función de los resultados del diálogo social sobre mercado de trabajo desarrollado a partir de la Declaración para el Diálogo Social de 8 de Julio de 2004, adoptará las iniciativas legislativas que correspondan para la modificación del Programa de Fomento del Empleo regulado en esta disposición". Aunque las bonificaciones son las mismas que las del año anterior, adjuntamos un cuadro - resumen sobre las mismas, atendiendo a la modalidad de contratación. Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente, José Luis Pertierra Circular remitida a: Presidentes de Asociaciones Territoriales, Junta Directiva y Empresas Directamente Afiliadas.
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