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20 de diciembre de 2005

Circular nº 39/05

Asunto: Cláusula de actualización de precios en los transportes discrecionales

 

Muy Sres. Nuestros:

El BOE del pasado día de ayer publicó la Orden FOM/3944/2005, de 9 de diciembre, por lo que se establece una cláusula de actualización automática de precios de los transportes públicos discrecionales de viajeros por carretera en autobús, cuya fotocopia se adjunta.

El establecimiento de esta cláusula se está contemplando en los acuerdos suscritos entre el Comité Nacional de Transporte por Carretera y la Administración, para permitir que el porteador, salvo pacto en contrario, pueda actualizar en factura el precio inicialmente pactado con el cliente en cuantía equivalente a la variación experimentada por el precio del gasóleo, tomándose como referencia a tal efecto, los datos relativos al precio medio del gasóleo publicado por el Ministerio de Industria, y los consumos referidos al vehículo de que se trate utilizados en el observatorio de costes del Ministerio de Fomento.

Esta disposición entrará en vigor el día 8 de enero de 2006.

Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente,

José Luis Pertierra
Director

Circular remitida a: Presidentes de Asociaciones Territoriales, Junta Directiva y Empresas Directamente Afiliadas.

 

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