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22 julio 2005

 

Circular nº 23/05
Asunto: La Comisión Europea aprueba la nueva Propuesta revisada sobre Obligaciones de Servicio Público.

 

Muy Sres. nuestros:

Ayer, día 20 de julio el Colegio de Comisarios de la Comisión Europea adoptó la Propuesta revisada de Reglamento sobre las Obligaciones de Servicio Público.

A la espera de recibir el documento oficialmente aprobado por estar todavía pendiente de traducirse a los idiomas de la Unión Europea, señalamos a continuación los puntos principales de la nueva Propuesta:

- Se reconoce a las autoridades la posibilidad de establecer Obligaciones de Servicio Público;
- Dichas Obligaciones de Servicio Público deben ser objeto de compensación;
- Si existen Obligaciones de Servicio Público o derechos exclusivos tiene que existir un contrato entre el operador y las autoridades;
- El contrato deberá tener una duración determinada que no podrá superar los 8 años en el caso del transporte por carretera y los 15 en el ferroviario;
- La contratación deberá realizarse de una forma transparente, objetiva y no discriminatoria. El procedimiento será fijado por cada Estado miembro de acuerdo con su legislación interna con tal de que se respeten los principios enunciados;
- Cuando la autoridad opte por explotar ella misma o a través de lo que se define como operador interno, este operador no podrá participar en procedimientos competitivos fuera del ámbito territorial de la autoridad que le controla;
- La compensación de las Obligaciones de Servicio Público deberá realizarse mediante criterios fijados de forma pormenorizada en un anexo al reglamento.
- Se prevén dos periodos de transición: de 8 años para los servicios de autobús y de 10 años para los servicios de ferrocarril.

FENEBUS ampliará esta información en el momento que se publique la versión oficial de la nueva Propuesta adoptada.

Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente.

José Luis Pertierra
Director

Circular remitida a: Presidentes de Asociaciones Territoriales, Junta Directiva y Empresas Directamente afiliadas.

 

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