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4 de mayo de 2005

 

Circular nº 14/05
Asunto: Implantación del tacógrafo digital: 5 de agosto 2005.

Muy Sres. Nuestros:

Con fecha 15 de abril, FENEBUS a través de su boletín digital, informó de la adopción por parte del Parlamento Europeo en la Sesión Plenaria del 13 de abril del aplazamiento en uno o dos años sobre la fecha prevista de 5 de agosto de 2005 para la introducción del tacógrafo digital.

Esta propuesta de aplazamiento originó una confusión tanto en las empresas europeas del sector, como en los fabricantes de autocares y camiones y por supuesto, en algunas autoridades administrativas de algunos Estados miembros, principalmente de los nuevos Estados que no sabían a que fecha debían atenerse, si a las propuestas por el Parlamento o la ya adoptada por la Comisión Europea y reiterada por el Consejo de Ministros de Transportes del pasado mes de junio 2004, en su posición común relativa a la Propuesta de modificación del Regl 3820/85/CE.

Ante esta situación de incertidumbre, el Consejo de Ministros de Transportes de la Unión Europea aprovechando la celebración de su reunión el pasado día 21 de abril en Luxemburgo y sin que este tema estuviese en el orden del día, adoptó un acuerdo informal por el que se pronunció a favor del mantenimiento de la fecha de 5 de agosto de 2005, como fecha definitiva en la introducción obligatoria del tacógrafo digital.

Con posterioridad a la celebración de este Consejo y concretamente con fecha 26 de los presentes, FENEBUS recibió a través del Comité Nacional del Transporte por Carretera, una comunicación de la Dirección General de Transportes por Carretera del Ministerio de Fomento español por la que se anuncia que : "la implantación del tacógrafo digital será exigible a todos los vehículos de más de 3'5 toneladas de masa máxima autorizada o de más de 9 plazas incluido el conductor, que se pongan en circulación por primera vez a partir del día 5 de agosto de 2005".

Sin otro particular, aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente,

José Luis Pertierra
Director

Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y Empresas Directamente Afiliadas.

 

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