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17 de marzo de 2005

 

Circular nº 10/05
Asunto: Revisión Tarifas 2005

Muy Sres. nuestros:

En relación con la revisión de tarifas de servicios regulares para el presente año 2005, les informamos que tras la publicación del dato oficial del IPC medio correspondiente al año anterior, la Dirección General de Transportes nos ha comunicado que el coeficiente que se aplicará en la fórmula por este concepto, es el 0,22; coeficiente que resulta de la diferencia entre el 3,040 -IPC medio año 2004- y el 2,82 autorizado por Orden FOM 4247/2004, de 16 de diciembre, realizado a cuenta de la revisión ordinaria y para hacer frente a las importantes variaciones experimentadas por el precio del combustible.

El otro dato a utilizar en la fórmula para el cálculo del incremento correspondiente, es el de viajeros-kilómetros que las empresas concesionarias de servicios regulares deben facilitar, junto con otros datos de la concesión, trimestralmente a la Administración.

La Dirección General elabora actualmente los correspondientes cuadros de tarifas que remitirá a las empresas, para su aplicación el próximo 1º de abril.

Sin otro particular aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente,

 

José Luis Pertierra
Director

 

 

Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y Empresas Directamente Afiliada

 

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