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25 de junio de 2004
Circular
nº 24/04
Asunto: Nuevo Convenio Ministerio de
Fomento-ICO
Muy Sres. nuestros:
El pasado día 16, el Ministerio
de Fomento y el Instituto de Crédito Oficial han firmado un nuevo Convenio
de colaboración para establecer una línea de préstamos de mediación para
el sector del transporte.
Este nuevo convenio, estará
vigente hasta 31-12-04, y las características básicas de la línea de financiación
resultante, son las siguientes:
* Beneficiarios finales:
profesionales con autorización para realizar transporte público por
carretera de viajeros y mercancías.
* Finalidad: inversiones en cualquier activo productivo, no sólo
vehículos, destinados a las empresas de transportes.
* Ambito de aplicación: el Estado español.
* Importe financiación: hasta el 70 por 100 de la inversión.
* Plazo: 5 años, incluido uno de carencia en el pago del principal
* Tipo de cesión a la Entidad Financiera: Variable. Ref. Euribor
6 meses, entendiendo por EURIBOR, a estos efectos, el tipo de interés
de referencia obtenido en la correspondiente pantalla REUTER Euribor 6
meses, Act/360, de las 11 horas del día en que el ICO publique los tipos
aplicables para la siguiente quincena o en su defecto, el que refleje
la oferta real de mercado, más la tarifa de corretaje del 0,025. El tipo
resultante vendrá expresado en tres decimales.
* Margen de intermediación de las entidades de crédito: Hasta 75
puntos básicos.
* Tipo al Beneficiario: Variable. Ref. Euribor 6 meses, mas hasta
0,75 puntos porcentuales, revisable semestralmente, entendiendo por EURIBOR,
a estos efectos, el tipo de interés de referencia obtenido en la correspondientes
pantalla REUTER Euribor 6 meses, Act/ 360, de las 11 horas del día en
que el ICO publique los tipos aplicables para la siguiente quincena, ó
, en su defecto, el que refleje la oferta real de mercado, más la tarifa
de corretaje del 0,025. El tipo resultante vendrá expresado en tres decimales.
* Cancelación anticipada: Permitida, sin penalización, debiendo
coincidir con una fecha de revisión del tipo de interés.
* Comisiones: No se podrá aplicar comisión alguna
* Riesgos con los beneficiarios: Es asumido por las Entidades de
Crédito mediadoras.
El ICO procederá a comunicar
esta línea de financiación a las entidades de crédito para suscribir los
correspondientes contratos de financiación, con aquellas que estén interesadas
en esta colaboración.
Sin otro particular, aprovechamos
esta oportunidad para saludarles muy atentamente,
José Luis Pertierra
Director
Circular remitida a: Comité
Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales
y Empresas Directamente Afiliadas.
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