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25 de febrero de 2004
Circular
nº 11/04
Muy Sres. nuestros: El Boletín Oficial del Estado del día de ayer, pública la Orden TAS/399/2004, de 12 de febrero, sobre presentación en soporte informático de los partes médicos de baja, confirmación de la baja y alta correspondientes a procesos de incapacidad temporal, pueden encontrarla en la página web de Fenebus. ww.fenebus.es/actualidad. Esta disposición, que entrará en vigor el 24 de mayo de 2004, regula el envío de los partes de baja médica, confirmación de la baja y alta medica relativos a procesos de incapacidad temporal a través del sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED), en base a las previsiones legales publicadas desde 1995, para facilitar la utilización de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos, tanto por parte de las Administraciones Públicas como de los ciudadanos. Este procedimiento informático deberá ser utilizado por las empresas incorporadas al sistema RED, así como por las agrupaciones de empresas y por los profesionales colegiados que por acuerdo o representación de la empresa vengan presentando o presenten dichos partes médicos y estén o sean autorizados para la utilización del sistema RED, transmitiendo las copias de los partes médicos de la misma forma en que se presenten los documentos de afiliación y cotización en el sistema RED al INSS, en los plazos establecidos en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, 150/1997, de 24 de junio. La presentación telemática de las copias de los partes significa que dichas copias no deben presentarse en soporte papel. Los modelos de las copias de los partes médicos en soporte papel deberán ser guardados por las empresas durante un plazo de cuatro años, contando desde la fecha de presentación telemática de dichos partes. Sin otro particular aprovechamos esta oportunidad para saludarles muy atentamente,
José Luis Pertierra
Circular remitida a: Comité Ejecutivo, Junta Directiva, Presidentes de Asociaciones Territoriales y Empresas Directamente Afiliadas
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